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RÉGIMEN COURIER


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Preguntas y respuestas frecuentes


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  • 1-¿Qué es el régimen de Courier?
  • 2-¿Es necesario estar registrado como importador-exportador para traer productos por Courier?
  • 3-¿Cuál es la diferencia entre envío particular y envío comercial?
  • 4-¿Qué son los terceros organismos?
  • 5-¿Cuáles son los principales terceros organismos en nuestro país?
  • 6-¿Se puede traer cualquier tipo de mercadería?
1-¿Qué es el régimen de Courier?

Es un régimen simplificado de importación. Las mercaderías, para que ingresen bajo este régimen, no deberán superar los 50 kilogramos ni estar valuadas por un importe superior a los U$S 3000.-

2-¿Es necesario estar registrado como importador-exportador para traer productos por Courier?

No, no es necesario estar inscripto como importador-exportador para hacer uso del régimen de Courier.

3-¿Cuál es la diferencia entre envío particular y envío comercial?

El envío particular puede utilizarse hasta 5 veces por año calendario por persona. Además existe un limitante en cuanto a la cantidad de productos, sólo podrán traerse hasta 3 unidades de la misma especie, y no podrán tener fin comercial.

El envío comercial, por su parte, no tiene límites con respecto a la cantidad de envíos por año ni de unidades de la misma especie. Esto quiere decir que puede utilizarse todas las veces que sean necesarias trayendo más de 3 unidades de la misma especio siempre y cuando no superen los 50 kg ni los 3000 dólares. Sin embargo, no podrán ingresar bajo este régimen aquellos productos que tengan intervenciones de terceros organismos.

4-¿Qué son los terceros organismos?

Son organismos de la Administración Pública Nacional que tienen delegadas facultades de control previo al momento de la importación y la exportación de mercaderías. Cada organismo actúa según su modalidad, requisitos y procedimientos específicos para la emisión de certificados. Es fundamental considerar que existen mercaderías sobre las que interviene más de un organismo, por esto es muy importante que nos consultes sobre el producto en el que estás interesado para saber si puede ingresar bajo el régimen de Courier. 

5-¿Cuáles son los principales terceros organismos en nuestro país?

Algunos de los Terceros Organismos de Intervención Previa son:

      • Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) 
      • Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)
      • Instituto Nacional de Alimentos (INAL)
      • Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)
      • Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) – Certificado de Homologación de autopartes y/o elementos de seguridad (CHAS) y Certificado de Seguridad Eléctrica
6-¿Se puede traer cualquier tipo de mercadería?

No, hay una lista de productos prohibidos que no pueden ingresar bajo este régimen. A continuación se detalla una lista no exhaustiva sobre algunos productos prohibidos. Para asegurarte si podes traer la mercadería que te interesa comunícate con nuestro staff a courier@panamericancargo.com.ar 

        • No pueden ser objeto de este régimen, las mercaderías  que requieran intervención de ANMAT.
        • Joyería, artículos de valor: (objetos de arte, piedras preciosas), dinero
        • Agujas o cualquier otro tipo de maquinaria para hacer tatuajes
        • Animales vivos o muertos, restos humanos, pieles no tratadas, plantas naturales
        • Armas de Fuego o sus componentes, municiones.
        • Artículos médicos/para odontología.
        • Autopartes que lleven certificación CHAS.
        • Medicamentos.
        • Material falsificado “piratería”.
        • Gases comprimidos, artículos flamables, pintura en aerosol, gas lacrimógeno, spray de cabello, desodorantes bajo la misma presentación. Gases (Inflamables, no tóxicos no Inflamables y tóxicos).
        • Líquidos inflamables.
        • Sólidos inflamables.
        • Sustancias que puedan experimentar combustión espontánea.
        • Sustancias que en contacto con el agua puedan desprender gases inflamables.
        • Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos.
        • Muestras Biológicas, material de laboratorio.
        • Explosivos, productos tóxicos, sustancias infecciosas, corrosivos, oxidantes, cerillos.
        • Material radioactivo.
        • Drogas, cigarros, cigarrillos, incluso electrónicos.
        • Material magnetizado.
        • Líquidos y polvos en general (a excepción de perfumes que se podrán incluir hasta 3 unidades en una misma orden).
        • Artículos o productos usados.
        • Fiambres, embutidos, semillas y frutas.
        • Flores, miel, nácar y flores.
        • Obras de arte.